Flipaclip: Cartoon Animation Creator & Art Studio. Copyright, Copyleft y licencias Creative Commons - Fábrica de tinta. En la era digital, los fotógrafos, escritores, cineastas y demás profesionales que trabajan en la generación de contenidos y materiales deben conocer y vigilar el uso que se hace de su trabajo en la red.
Existen varias formas de proteger los derechos de autor pero ninguna de ellas puede evitar el uso inadecuado de una ilustración, cinta o fotografía. Veamos las más comunes: Copyright Es la licencia más restrictiva y la más empleada por profesionales creativos (fotógrafos y también músicos, cineastas, escritores, etc.). El trabajo publicado bajo esta licencia no puede ser utilizado ni distribuido libremente por terceros, ni siquiera para fines no comerciales. Los 6 tipos de licencias Creative Commons. Política de Privacidad Identificación del Responsable de Tratamiento: Identidad: Escuela Internacional de Profesionales y Empresas, S.L.
(EIPE)Dirección: C/ San Isidro Labrador 18 28005 MADRIDTeléfono: 900 82 84 15Correo electrónico: datos@eipe.es Finalidad del Tratamiento de sus datos personales: Publicar en internet. Commons. Creative Commons — Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional — CC BY-NC-ND 4.0. La imagen fija: El cómic y el fanzine. El cómic: Noveno arte. Arte e inglés.
Derechos de autor y propiedad intelectual - Biblioteca. Preguntas frecuentes ¿Qué es la propiedad intelectual?
La propiedad intelectual es el derecho de propiedad asociado a cualquier creación de la mente humana que protege los derechos de las autoras y autores de cualquier obra de carácter científico, literario o artístico. En el ámbito internacional el concepto de propiedad intelectual recoge tanto los derechos de autor, asociados a las obras artísticas, literarias y científicas,como los derechos de propiedad industrial vinculados con las invenciones, los modelos industriales, las patentes y marcas. A nivel estatal la Propiedad Intelectual se refiere, exclusivamente, a los derechos de autor y la Propiedad Industrial se regula mediante otra normativa específica. Por tanto, en nuestro entorno, los términos propiedad intelectual y derechos de autor se utilizan indistintamente. Artículo: Evaluación de herramientas de edición de REA: Modelo ALMS. El término “recurso educativo abierto” fue adoptado por la UNESCO en 2002 en el Foro sobre el Impacto de los Cursos Abiertos de Educación Superior en los países en desarrollo.
Se definen como “materiales de aprendizaje, enseñanza e investigación, en cualquier formato y soporte, de dominio público o protegidos por derechos de autor y que han sido publicados con una licencia abierta que permite el acceso a ellos, así como su reutilización, reconversión, adaptación y redistribución sin costo alguno por parte de terceros” (Recomendación sobre Recursos Educativos Abiertos, UNESCO, 2019). Los REA, por tanto, no solo deben ser accesibles y gratuitos, sino que además deben poder reutilizarse, modificarse y redistribuirse. Artículo: ¿Qué aportan los recursos educativos abiertos a mi práctica docente? ¿Por qué crear materiales nuevos cuando existe una gran cantidad de recursos ya creados?
¿Por qué no partir de materiales existentes y mejorarlos, actualizarlos, traducirlos, utilizar una parte de ellos, combinarlos con otros y redistribuirlos? Cuando en 1676 Isaac Newton escribió la famosa frase “Si he visto más allá es porque subí a hombros de gigantes” en una carta dirigida a Robert Hooke, nos transmitía la idea de que el conocimiento que él había generado se basaba en los conocimientos aportados por otros científicos antes que él. En la actualidad, y gracias a los grandes avances de la tecnología, es más fácil que nunca crear contenidos digitales, compartirlos y localizarlos en las redes. Y seguro que así es, pero ¿lo ha difundido? Y si lo ha difundido, ¿tiene una licencia que me permita utilizarlo?. Artículo: ¿Qué materiales puedo utilizar al crear mis recursos educativos? Cada vez es más frecuente entre el profesorado la creación de recursos educativos para utilizar en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
En estos recursos incluímos textos, imágenes, vídeos y otros materiales creados y diseñados por nosotros mismos, pero también materiales de otras personas que encontramos, cada vez más, en las redes. Como dijimos en una entrada anterior, la tecnología y la gran cantidad de contenidos ya creados hace fácil y recomendable la reutilización de los mismos. Sin embargo, en muchas ocasiones utilizamos esos materiales de forma incorrecta o dudamos sobre su posible utilización. En esta entrada vamos a intentar dar algunas pistas al respecto. Cedec. Recomendación sobre los Recursos Educativos Abiertos (REA) La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), reunida en París del 12 al 27 de noviembre de 2019, en su 40ª reunión, Recordando que en el preámbulo de la Constitución de la UNESCO se afirma “que la amplia difusión de la cultura y la educación de la humanidad para la justicia, la libertad y la paz son indispensables a la dignidad del hombre y constituyen un deber sagrado que todas las naciones han de cumplir con un espíritu de responsabilidad y de ayuda mutua”, Reconociendo la importante función que desempeña la UNESCO en el ámbito de la tecnología de la información y la comunicación (TIC) y en la aplicación de las decisiones pertinentes en esta esfera adoptadas por la Conferencia General de la Organización,
Guía práctica de licencias de uso para docentes. A lo largo de la historia se pueden encontrar diferentes políticas dirigidas a regular la copia y distribución de obras, aunque no es hasta 1710 cuando nace el concepto actual de los derechos de autor con la publicación del Estatuto de la Reina Ana en Inglaterra.
Este estatuto, cuyo objetivo era "alentar a los hombres a componer y escribir libros útiles", reivindica la figura del autor y le reconoce unos derechos sobre su obra así como un plazo de duración de los mismos (14 años), evitando así los abusos del monopolio existente en ese momento en manos de editores e imprentas.
Sin embargo, era complicado que los autores decidieran sobre sus obras, puesto que los editores e imprentas eran el único medio para que un autor pudiera reproducir y difundir sus obras y por tanto su poder seguía siendo enorme. A principios de los 80 surge un movimiento que lucha por la necesidad de la distribución libre del conocimiento y de la cultura. La UNESCO destaca en esta recomendación que: Guía de software libre en educación. El concepto original fue desarrollado por Richard Stallman, fundador de la Fundación por el software libre (Free Software Foundation, también llamada FSF), programador y, desde los años 80 del siglo pasado, el mayor defensor de los programas libres.
En la web de la FSF encontramos una definición de lo que es el software libre (el resaltado es nuestro): «Software libre» es el software que respeta la libertad de los usuarios y la comunidad. A grandes rasgos, significa que los usuarios tienen la libertad de ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, modificar y mejorar el software. Es decir, el «software libre» es una cuestión de libertad, no de precio.Free software foundation. Recursos. Artículo: Proyecto EDIA. Guía de Software Libre en educación. La Guía de Software Libre en educación del Proyecto EDIA pretende servir como punto de referencia para que aquel que quiera acercarse al mundo del software libre no obtenga solamente una lista de programas, sino que pueda comprender en qué consiste, por qué es importante en nuestra vida y en el mundo docente y, lo más importante, sentirse involucrado en este magnífico proyecto altruista en el que millones de personas de todo el mundo intervienen de forma desinteresada.
Va dirigida al profesorado, los alumnos y sus familias de forma que cada ámbito se trata por separado. Puede leerse de forma secuencial, ya que tiene una estructura lineal coherente, o abriendo aquellos temas que más interesen al lector ya que la comprensión de cada apartado no depende de los anteriores. La Guía de Software Libre en educación está dividida en varios apartados: Se incluyen además infografías y propuestas formativas para tratar los aspectos señalados con el alumnado o con las familias. Artículo: 5 mitos sobre derechos de autor y licencias de uso. Cuando hablamos de derechos de autor, licencias abiertas y uso de los materiales publicados en la red, es habitual encontrar algunos mitos y errores comunes que llevan a un mala utilización (a veces incluso ilícita) de dichos materiales.
En este artículo vamos a intentar aclarar conceptos y resolver esas falsas creencias. Podemos decir, de forma muy general, que los derechos de autor son aquellos que tiene el creador de una obra desde el momento de su creación, y que puede explotar de forma exclusiva durante un plazo de tiempo.