ARTÍCULOS. La autoevaluación como estrategia de aprendizaje para atender a la diversidad
En estos tiempos en los que tanto se habla de calidad en la educación no debemos perder de vista que, en una sociedad democrática y plural una enseñanza de calidad debe ser sinónima de atender a los diferentes ritmos de estudio y de aprendizaje de los alumnos. Una de las estrategias que puede contribuir a afrontar la diversidad de los discentes en el aula es enseñarles a que evalúen su propio aprendizaje. La autoevaluación puede y debe ser un instrumento que facilite atender, respetar y valorar los distintos ritmos de aprendizaje según las diferentes características del alumno. Características relativas, por ejemplo, a: capacidades, estilos de aprendizaje, estrategias cognitivas, experiencias y conocimientos previos, motivación, atención, ajuste emocional y social, etc. a)Es uno de los medios para que el alumno conozca y tome conciencia de cual es su progreso individual en el proceso de enseñanza y aprendizaje;
Documento consolidado BOE-A-2013-12886
[Bloque 2: #aunico] Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de Administración del Estado.Documento consolidado BOE-A-1986-1216
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 31/12/1991» [Bloque 1: #preambulo] El artículo 31 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, vino a modificar el número y la tipificación de las faltas consideradas como muy graves cometidas por los funcionarios en el ejercicio de sus cargos, derogando así, en este punto, la regulación del Régimen Disciplinario de los Funcionarios, contenida en la Ley articulada de 7 de febrero de 1964. Tal modificación, impuesta por la relevancia y creciente complejidad de las tareas desempeñadas por los servidores del Estado, hace necesaria una correlativa modificación de las faltas consideradas como graves y leves y una mayor precisión de las sanciones a imponer.
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
Presidencia Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente El artículo 27 de la Constitución Española reconoce que todas las personas tienen derecho a la educación y establece los principios esenciales sobre los que se sustenta el ejercicio de este derecho fundamental.
Documento BOE-A-1996-5093
Los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996, de 26 de enero, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria, respectivamente, autorizan al Ministro de Educación y Ciencia, en sus disposiciones finales primeras, a desarrollar lo en ellos dispuesto y a regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación. En uso de la autorización concedida, la presente Orden precisa los diferentes aspectos derivados de la nueva regulación de los órganos de gobierno de los centros públicos, a fin de proceder a la elección, designación, nombramiento y constitución de los mismos. En su virtud, he dispuesto: Ambito de aplicación Primero.-1.
Estatuto Básico del Empleado Público
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 07/03/2019» Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 278 de 20 de noviembre de 2015. Ref.
BOE-A-2020-17264 Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica: Como comenzaba afirmando la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), las sociedades actuales conceden gran importancia a la educación que reciben sus jóvenes, en la convicción de que de ella dependen tanto el bienestar individual como el colectivo. Esa convicción de que una buena educación es la mayor riqueza y el principal recurso de un país y de sus ciudadanos y ciudadanas ha ido generalizándose en las sociedades contemporáneas, que se han dotado de sistemas educativos nacionales cada vez más desarrollados para hacer realidad sus propósitos en ese ámbito. En consecuencia, los sistemas educativos han experimentado una gran evolución, hasta llegar a presentar en la actualidad unas características claramente diferentes de las que tenían en el momento de su creación.
Documento consolidado BOE-A-2002-12018
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 20/06/2012» [Bloque 1: #preambulo] A todos los que la presente vieren y entendieren.
ORDEN 1987 regula la jornada semanal
Consejería de Educación y Ciencia ORDEN de 4 de septiembre de 1987, por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios públicos docentes. Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal.
Normativa
Fecha de publicación: 09/12/2013 Ha sido derogada por: Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ámbito: Nacional Rango: Ley
Documento consolidado BOE-A-2018-16673
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 25/06/2019» [Bloque 1: #pr] A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica. La protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española.
RESOLUCION defensa letrada profesorado
Consejería de Educación y Ciencia RESOLUCION de 25 de octubre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de las instrucciones dictadas el 11.10.01 por el Viceconsejero sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración Educativa en casos de accidentes escolares y sobre la asistencia letrada al personal docente no universitario. Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más El Ilmo. Sr.
Artículo 132: Competencias del Director by mmarti39 Apr 25