Reglamento de Régimen Disciplinario BOE-A-1986-1216
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 31/12/1991» [Bloque 1: #preambulo] El artículo 31 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, vino a modificar el número y la tipificación de las faltas consideradas como muy graves cometidas por los funcionarios en el ejercicio de sus cargos, derogando así, en este punto, la regulación del Régimen Disciplinario de los Funcionarios, contenida en la Ley articulada de 7 de febrero de 1964. Tal modificación, impuesta por la relevancia y creciente complejidad de las tareas desempeñadas por los servidores del Estado, hace necesaria una correlativa modificación de las faltas consideradas como graves y leves y una mayor precisión de las sanciones a imponer. Debe reseñarse, por último, la modificación que se lleva a cabo, de acuerdo con los nuevos criterios que inspiran la legislación general, al declarar que la cancelación de las faltas impide apreciar reincidencia en las mismas. [Bloque 2: #aunico]
10 cualidades del liderazgo educativo
El liderazgo educativo resulta clave para el éxito de las instituciones educativas, si se considera como la competencia que conlleva la organización dentro de un centro educativo, la correcta implantación y aplicación del proyecto educativo y la organización y gestión de todos los recursos implicados en su correcto desarrollo. Dado que el orden jerárquico es insuficiente para el buen desarrollo de las actividades y acciones de un centro educativo, es obvio que el líder debe tener una serie de cualidades que permitan la consecución y éxito de las medidas y objetivos puestos en marcha. Atendiendo a lo anteriormente expuesto, encontramos una serie de cualidades asociadas al liderazgo educativo.
ORDEN 1987 regula la jornada semanal
Consejería de Educación y Ciencia ORDEN de 4 de septiembre de 1987, por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios públicos docentes. Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más Las retribuciones de los funcionarios docentes al servicio de la enseñanza pública de la Consejería de Educación y Ciencia han sido reguladas, según establece la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 15 de abril de 1987.
Documento consolidado BOE-A-2006-7899
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 06/12/2018» Téngase en cuenta, el calendario de implantación regulado en la disposición final 5, para las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-12886. en la redacción dada por el art. 1 del Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11733 Véanse los arts. 2, 3 y 4 del citado Real Decreto-ley 5/2016, en cuanto a la adecuación del régimen jurídico de la evaluación final al nuevo calendario de implantación.
Ley de la Función Pública de Castilla y León
Descripción: Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, por la que se adecua la normativa en esta materia a la realidad administrativa derivada tanto de la asunción de nuevas competencias por la Comunidad de Castilla y León, como del incremento de los efectivos de personal que resulta de aquella, lo que hace necesaria una nueva ordenación sistemática de los recursos humanos y de la estructura administrativa relacionada con éstos. Por otro lado, a lo largo del tiempo, la práctica administrativa en materia de personal, ha puesto de relieve la necesidad de modernizar la regulación existente, así como de buscar nuevas soluciones a las dificultades que de aquella se derivan. Estado de la norma: Vigente Normas de desarrollo, modificación y derogación:
Competencias de la Dirección Escolar - - Ministerio de Educación y Formación Profesional
Entre los principios sobre los que se asienta la reforma promovida por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativaEnlace externo, se abre en ventana nueva se encuentran el aumento de la autonomía de los centros y el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los mismos. Se promoverán acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva.
BOE-A-2007-7788 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 31/10/2015» Norma derogada por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Ref. BOE-A-2015-11719. [Bloque 2: #preambulo] A todos los que la presente vieren y entendieren.
RESOLUCION defensa letrada profesorado
Consejería de Educación y Ciencia RESOLUCION de 25 de octubre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de las instrucciones dictadas el 11.10.01 por el Viceconsejero sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración Educativa en casos de accidentes escolares y sobre la asistencia letrada al personal docente no universitario. Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Las 5 habilidades básicas para gestionar los RR.HH.
Conseguir que los trabajadores disfruten con su trabajo y crean en lo que hacen es uno de los grandes retos de todo empresario. En las organizaciones con un número importante de empleados, el encargado de velar por el bienestar de las personas es el departamento de Recursos Humanos. Los profesionales que trabajan en esta área son los encargados de seleccionar, contratar, formar, emplear y retener al personal de una compañía. Por tanto, un experto en RR.HH. juega un papel fundamental en la gestión de la empresa. Como bien indica Fernando Toledano, director del departamento de Consultoría y Audit de Psya, "las empresas deben ser conscientes de que trabajar para conseguir e incrementar el bienestar de los trabajadores, va a tener una repercusión directa en sus resultados económicos". ¿Qué habilidades debe tener un profesional de RR.HH.?
Convenio Colectivo para el Personal Laboral
Publicada en el BOCyL de 28 de Octubre de 2013, la resolución de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo, el depósito y la publicación del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta. En el BOCyL del día 28 de octubre 2013, se ha publicado la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo, el depósito y la publicación del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.
20 herramientas para elaborar los horarios del centro escolar
Preparar los horarios de clase, tutorías y guardias teniendo en cuenta las necesidades del centro, de los docentes y alumnado puede ser una tarea complicada. Para facilitar esta labor, se han diseñado algunas herramientas que realizan la tarea de forma automática. ascTimetables Sólo es necesario introducir los requisitos y el software de planificación evaluará todas las posibilidades para obtener un horario equilibrado.
Recursos Humanos - Generalitat Valenciana
Se ha detectado un problema técnico en la adjudicación, por lo que queda anulada la anterior publicación. Se procederá a una nueva resolución cuando se solucione la incidencia. AVISO: La apertura del proceso telemático de peticiones para las adjudicaciones de difícil cobertura ha producido problemas de acceso. Por ello, desde la Dirección General de Personal Docente conjuntamente con la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación se está trabajando para resolverlo.
Permisos y licencias - Consejería de Educación
La administración educativa aplica las medidas en materia de permisos, licencias y reducciones de jornada, adaptándolas a las peculiaridades de la función docente. Icono descriptivo Anexo II (PDF / 263.65Kb) Modelo de solicitud para el reconocimiento del abono del 100% por incapacidad temporal Icono descriptivo Instrucción 16/2015, de 5 de noviembre, para la puesta en práctica de lo establecido en el artículo 14 de la ley 3/2012, de 21 de septiembre, de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia de hacienda pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, en la redacción dada por la ley 7/2013, de 23 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014. Nodo: sv0204.ced.junta-andalucia.es